El Ayuntamiento presenta el recurso a la sentencia por plagio
Alegan, entre otras cuestiones, que la imagen denunciada ha sido utilizada por otros ayuntamientos y entidades
El Ayuntamiento de Don Benito ha presentado ante la Audiencia Provincial de Badajoz el recurso de apelación a la sentencia por plagio del cartel del Carnaval de 2025 emitida recientemente por el Juzgado de lo Mercantil nº2 de Badajoz.
Tal y como avanzaba hace unos dĆas Ćlvaro Ballesteros, concejal de Festejos, los servicios jurĆdicos municipales han recurrido esta sentencia que estimaba parcialmente la denuncia de Francisco Javier Torres contra el Ayuntamiento por vulneración de derechos de propiedad intelectual.
Según la sentencia, el Ayuntamiento realizó un uso indebido de la obra elaborada por Torres para el cartel de Carnaval de Santa Cruz de Tenerife en 2016; sin contar con su autorización y sin abonar la preceptiva remuneración, lo que constituye una infracción de la normativa sobre propiedad intelectual.
El fallo declaró la existencia de plagio y condenó al Consistorio a indemnizar al autor con 2.500 euros como indemnización en concepto de daño material y 4.000 euros por daños morales.
Propiedad de la obra
La defensa del Consistorio se centra en alegar que el demandante no es propietario de la obra al interpretar que pasó a ser del Ayuntamiento canario al recibir su autor una contraprestación económica por ello. Si bien, la ley de Propiedad Intelectual establece que, aunque un autor perciba una remuneración por su obra, mantiene su autorĆa y derechos.
Por otra parte, argumenta que no conocĆan la obra e insisten en que la imagen ha sido utilizada por otros ayuntamientos y entidades. Ā«El Ayuntamiento (al igual que otros muchos) simplemente utilizó un elemento grĆ”fico de libre uso descargado de una webĀ», insisten en el recurso.
AdemĆ”s plantean que entre ambos carteles existen Ā«diferencias significativas reconocidas incluso por el demandanteĀ». El Ayuntamiento defiende asimismo que no se pretendĆa en ningĆŗn caso perjudicar o desacreditar la reputación artĆstica del autor del cartel y que se actuó sin interĆ©s económico. Se cuestiona tambiĆ©n la indemnización estipulada por total de 6.500 euros, Ā«ni se ha producido daƱo alguno al autor del cartel, ni por supuesto se ha pretendido causarloĀ».