El Ayuntamiento, condenado por plagio del cartel de Carnaval
El juzgado ha estimado parcialmente la denuncia del diseñador canario Francisco Javier Torres que será indemnizado con 6.500 euros
El Juzgado de lo Mercantil de Badajoz ha estimado parcialmente la demanda interpuesta por el diseñador Francisco Javier Torres contra el Ayuntamiento de Don Benito por vulneración de derechos de propiedad intelectual. Se considera probado que el Consistorio plagió el cartel del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife 2016 al usarlo durante las fiestas del Carnaval de Don Benito 2025.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso HOY, el Ayuntamiento realizó un uso indebido de la obra de Torres, sin contar con su autorización y sin abonar la preceptiva remuneración, lo que constituye una infracción de la normativa sobre propiedad intelectual.
Como consecuencia, el fallo declara la existencia de plagio y ordena al Ayuntamiento el cese inmediato de la actividad ilícita, prohibiendo expresamente reanudar el uso del cartel. Asimismo, le obliga a a retirar y destruir, a su costa, todos los ejemplares plagiados.
Asimismo, la sentencia condena al Consistorio a indemnizar al autor con 2.500 euros como indemnización en concepto de daño material y 4.000 euros por daños morales.
«Encontrada en internet»
Cabe recordar que la denuncia fue presentada a finales del pasado mes de julio y el demandante, que es licenciado y doctor en Bellas Artes por la Universidad de La Laguna, reclamaba 12.000 euros tanto por daños patrimoniales como morales.
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Un plagio que fue entonces negado por el Consistorio, alegando, entre otros aspectos, que la imagen había sido «encontrada en internet» o que se había utilizado un elemento gráfico «de libre uso descargado de una web».
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Además, el tribunal impone al Ayuntamiento la obligación de publicar la resolución judicial, a su costa, en diversos medios de comunicación de ámbito local y regional, con el objetivo de restituir el derecho vulnerado y dar publicidad al fallo.
En cuanto a las costas, y dado que la demanda ha sido estimada de forma parcial, el juzgado ha decidido no imponerlas a ninguna de las partes. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación.
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