La Audiencia Provincial de Badajoz ha confirmado íntegramente la condena impuesta al Ayuntamiento de Don Benito por vulnerar los derechos de propiedad intelectual del diseñador ... Francisco Javier Torres al utilizar, sin autorización, una versión prácticamente idéntica del cartel del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife de 2016 para anunciar el Carnaval de Don Benito de 2025.
La nueva sentencia desestima el recurso de apelación presentado por el Consistorio y ratifica el fallo emitido el 7 de enero por el Juzgado de lo Mercantil de Mérida, que declaró acreditado el plagio.
Así, el tribunal mantiene la condena al Ayuntamiento a indemnizar al autor con 2.500 euros por daños materiales y otros 4.000 euros por daños morales, además de cesar el uso de la obra, retirar y destruir todos los ejemplares del cartel plagiado y publicar, a su costa, la resolución judicial en medios de comunicación locales y regionales.
En su recurso, el Ayuntamiento defendía que Torres no estaba legitimado para reclamar porque entendía que los derechos correspondían al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. También negaba la existencia de plagio, alegaba desconocer la obra del autor, sostenía que el motivo gráfico era común en muchos carnavales y cuestionaba tanto la indemnización como la existencia de daños morales.
Sin embargo, la Audiencia desmonta uno a uno esos argumentos. En primer lugar, recuerda que el creador conserva sus derechos de autor aunque haya cedido el uso de la obra para un evento concreto.
Por otra parte, la Sala concluye que el plagio resulta «ostensible» al emplear el el pez chicharro, como elemento protagonista, con una identidad plena en el diseño, el estilo geométrico, la estructura y la composición. De hecho, la resolución afirma que «un simple vistazo a los dos carteles permite apreciar la enorme similitud». También rechaza el argumento de que el motivo del entierro de la sardina sea habitual en otros carnavales, al señalar que el elemento diferenciador del cartel original no era una sardina, sino un chicharro, símbolo estrechamente vinculado a Santa Cruz de Tenerife.
La Sala también reprocha la actuación del Ayuntamiento una vez que el autor detectó el uso de su obra. Ya que se destaca que el artista remitió un correo electrónico en febrero de 2025 y posteriormente un burofax para intentar resolver el conflicto de forma amistosa antes del inicio de las fiestas, sin obtener respuesta. Asimismo, rechaza que el Ayuntamiento careciera de interés económico.
Respecto a la cuantía de la condena, la Audiencia considera proporcionados tanto los 2.500 euros fijados por daños materiales como los 4.000 euros por daños morales.
Además de confirmar íntegramente la sentencia de primera instancia, la Audiencia Provincial impone al Ayuntamiento de Don Benito el pago de las costas derivadas del recurso de apelación. Contra esta resolución únicamente cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo si concurren los requisitos legales.
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